1. Nº 76.21 Madrid, 8 de octubre de 2021 INCREMENTO SANCIONES NORMATIVA LA BORAL
2. Nº 76.21 Madrid, 8 de octubre de 2021 INCREMENTO SANCIONES NORMATIVA LABORAL La DF 1ª de la Ley 10/2121 de trabajo a distancia ha incrementado de forma importante la cuantía de las sanciones por determinadas infracciones a la normativa social. Las nuevas cuantías son aplicables a infracciones cometidas a partir del 1 de octubre. Adjuntamos cuadro comparativo preparado por la empresa Wolters Kluwer y publicado en ww w.cisslaboral.es Para el texto de la ley: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A- 2021 - 11472 C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E-mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST IC
6. 4 © WOLTERS KLUWER LEGAL & REGULATORY ESPAÑA, S.A I NCREMENTO DE LAS SANCIONES T IPO DE INFRACCIÓN G RADUACIÓN S ANCIÓN (MULTA) HASTA EL 3 0 DE SEPTIEMBRE SANCIÓN (MULTA) DESDE EL 1 DE OCTUBRE E JEMPLOS Prevención de riesgos laborales (art. 40.2 LISOS) GRAVE Grado máximo De 20.491 a 40.985 e uros De 24.586 a 49.180 euros No llevar a cabo evaluaciones de riesgos, o sus actualizacion es y revisiones, así como los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de las personas trabajadoras que procedan. No realizar reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia del e stado de salud de las personas trabajadoras, o no comunicar a las mismas su resultado. MUY GRAVE Grado mínimo De 40.986 a 163.955 euros De 49.181 a 196.745 euros No observar las normas específicas en materia de protección de l a seguridad y salud de las trabajadoras durante los periodos de embarazo y lactan cia. No observar las normas específicas en materia de protección de l a seguridad y salud de los menores. No paralizar ni suspender de forma inmediata, a requerimiento de la Inspección, los trabajos que se realicen sin observar la normat iva sobre prevención de riesgos laborales, con riesgo grave e inminente p ara la seguridad y salud de las personas trabajadoras. Grado medio De 163.956 a 409. 890 euros De 196.746 a 491.865 euros Grado máximo De 409.891 a 819.780 euros De 491.866 a 983.736 euros COOPERATIVAS (art. 40.4 LISOS) LEVE De 375 a 755 euros De 450 a 905 euros Incumplimiento de las obligaciones o vulneración de las prohibi ciones impuestas por la Ley de Cooperativas, que no supongan un conflicto en tre partes, no interrumpan la actividad social y no puedan ser calificad as de graves o muy graves.
3. 1 © WOLTERS KLUWER LEGAL & REGULATORY ESPAÑA, S.A N uevas sanciones por infracciones en el orden social La Ley de Trabajo a Distancia incrementará sustancialmente , el próximo 1 de octubre, las cuantías de las sanciones en diferentes ámbitos : I NCREMENTO DE LAS SANCIONES T IPO DE INFRACCIÓN G RADUACIÓN S ANCIÓN (MULTA) HASTA EL 3 0 DE SEPTIEMBRE SANCIÓN (MULTA) DESDE EL 1 DE OCTUBRE E JEMPLOS Relaciones laborales relaciones laborales y empleo, Seguridad Social, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, ETT y empresas usuarias e infracciones por obstrucción (art. 40.1 a, b y c LISOS) LEVE Grado mínimo De 60 a 125 euros De 70 a 150 euros No exponer en lugar visible del centro de trabajo el calendario lab oral vigente . No conservar durante cuatro años la documentación que acredite el cumplimiento de obligaciones de afiliación, altas, bajas, etc . Modificar las condiciones de una oferta de trabajo para desplazarse al exterior, si no se causa perjuicio grave para la persona trabajadora. No cumplimentar los contratos relativos a empresas d e trabajo temporal y contratos de puesta a disposición. El mero retraso en la obligación de información, comunicación o comparecencia en una Inspección, salvo que la obligación sea req uerida en una visita y la información se deba facilitar en el centro de trabaj o. Grado medio De 126 a 310 euros De 151 a 370 euros Grado máximo De 311 a 625 euros De 371 a 750 euros GRAVE Grado mínimo De 626 a 1.250 euros De 751 a 1.500 euros No formalizar el acuerdo de trabajo a distancia conforme a la normativa. Iniciar la actividad sin haber solicitado inscribirse en la Segurid ad Social. Grado medio De 1.251 a 3.125 euros De 1.501 a 3.750 euros
5. 3 © WOLTERS KLUWER LEGAL & REGULATORY ESPAÑA, S.A I NCREMENTO DE LAS SANCIONES T IPO DE INFRACCIÓN G RADUACIÓN S ANCIÓN (MULTA) HASTA EL 3 0 DE SEPTIEMBRE SANCIÓN (MULTA) DESDE EL 1 DE OCTUBRE E JEMPLOS Supuestos especiales (art. 40.1.e LISOS) MUY GRAVE (art. 23.1. a LISOS ) Grado mínimo De 10.001 a 25.000 euros De 12.001 a 30 .000 euros Dar ocupación como personas trabajadoras a beneficiarios o solici tantes de pensiones u otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social, cuyo disfrute sea incompatible con el trabajo por cuenta ajena, cuando no se las haya dado de alta en la Seguridad Social con carácter previo al inicio de su actividad. NOTA: c uando, con oca sión de una misma actuación de inspección se detecten varias infracciones de este tipo, la sanción se incrementará en determinados porcentajes (desde el 20 hasta el 50%), en función del número de pers onas trabajadoras, beneficiarias o solicitantes. Grado medio De 25.001 a 100.005 euros De 30.001 a 120.005 euros Grado máximo De 100.006 euros a 187.515 euros De 120.006 euros a 225.018 euros Prevención de riesgos laborales (art. 40.2 LISOS) LEVE Grado mínimo De 40 a 405 euros De 45 a 4 85 euros Falta de limpieza del centro de trabajo de la que no se derive rie sgo para la integridad física o salud de las personas trabajadoras. No dar cuenta, en tiempo y forma, a la autoridad laboral competente, de los accidentes de trabajo ocurridos y de las enfermedades profesionales declaradas cuando tengan la calificación de leves. No comunicar a la autoridad laboral la apertura del centro de trabajo o l a reanudación de trabajos tras efectu ar alteraciones de importancia (siempre que no sea industria peligrosa, insalubre o nociva) . Grado medio De 406 a 815 euros De 4 86 a 975 euros Grado máximo De 816 a 2.045 euros De 976 a 2.450 euros GRAVE Grado mínimo De 2.046 a 8.195 euros De 2.451 a 9.830 euros Incumplir la obligación de integrar la prevención de riesgos labo rales en la empresa a través de la implantación y aplicación de un plan de prev ención. Grado medio De 8.196 a 20.490 euros De 9.831 a 24.585 euros
7. 5 © WOLTERS KLUWER LEGAL & REGULATORY ESPAÑA, S.A I NCREMENTO DE LAS SANCIONES T IPO DE INFRACCIÓN G RADUACIÓN S ANCIÓN (MULTA) HASTA EL 3 0 DE SEPTIEMBRE SANCIÓN (MULTA) DESDE EL 1 DE OCTUBRE E JEMPLOS COOPERATIVAS (art. 40.4 LISOS) GRAVE De 756 a 3.790 euros De 906 a 4.545 euros No convocar la Asamblea General ordinaria en tiempo y forma. Incumplir la obligación de inscribir los actos que han de acced er obligatoriamente al Registro. No efectuar las dotaciones a los fondos obligatorios o destinarlos a finalidades distintas a las previstas. MUY GRAVE De 3.791 a 37.920 euros De 4.546 a 45.504 euros Paralización de la actividad cooperativizada, o la inactividad de l os órganos sociales durante dos años. Transgresión de disposiciones imperativas o prohibitivas de la Ley de Cooperativas, cuando se compruebe connivencia para lucrarse o para obtener ficticiamente subvenciones o bonificaciones fiscales. Soluciones © W O L T ER S K L U W ER L EG A L & RE G U L A T O RY E S P A Ñ A , S .A . Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción, distribución, comunicación pública o tra nsformación sin autorización de sus titulares integrales de información, conocimiento, Soluciones integrales de información, conoci miento, formación y software dirigidas al profesional de las áreas de legal, fiscal, financiero, contable/mercantil, re cursos humanos, educación, sector público y salud. Tel. 91 602 01 82 clienteslaley@wolterskluwer.es www.wolterskluwer.es Síguenos en
4. 2 © WOLTERS KLUWER LEGAL & REGULATORY ESPAÑA, S.A I NCREMENTO DE LAS SANCIONES T IPO DE INFRACCIÓN G RADUACIÓN S ANCIÓN (MULTA) HASTA EL 3 0 DE SEPTIEMBRE SANCIÓN (MULTA) DESDE EL 1 DE OCTUBRE E JEMPLOS Relaciones laborales relaciones laborales y empleo, Seguridad Social, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, ETT y empresas usuarias e infracciones por obstrucción (art. 40.1 a, b y c LISOS) GRAVE Grado máximo De 3.126 a 6.250 euros De 3.751 a 7.500 euros Ocultar, falsificar o rectificar cláusulas sustanciales de un contrato de trabajo para desplazarse al exterior. No formalizar por escrito los contratos de trabajo o co ntratos o puesta a disposición previstos en la normativa sobre ETT. MUY GRAVE Grado mínimo De 6.251 a 25.000 euros De 7.501 a 30.000 euros Impago y retrasos reiterados en el pago del salario debido. No ingresar, en forma y plazo, las cuotas correspondientes que po r todos los conceptos recauda la Tesorería General de la Seguridad Social. Ceder personas trabajadoras con con trato temporal a otra ETT o a otras empresas para su posterior cesión a terceros. La coacción, amenaza o violencia sobre los Inspectores de Trabajo. Grado medio De 25.001 a 100.005 euros De 30.001 a 120.005 euros Grado máximo De 100.006 a 187.515 euros De 120.006 a 225.018 euros Supuestos especiales (art. 40.1.e LISOS) GRAVE (arts. 22.2, 22.7.a y 22.16 LISOS) Grado mínimo De 3.126 a 6.250 euros De 3.750 a 7.500 euros No solicitar la afiliación inicial o alta de personas trabajadoras que ingresen al servicio del empleador, o solicitarla, como consecuencia de la ac tividad inspectora, fuera de plazo. No sol icitar, l as personas trabajadoras por cuenta propia, su afiliación y hasta tres altas dentro del año natural en el correspondiente rég imen especial de la Seguridad Social, o hacerlo fuera de plazo, sin que m edie actuación inspectora . Comunicar la baja en un régimen de la Seguridad Social de personas trabajadoras por cuen ta ajena pese a que continúen la misma actividad laboral o mantengan idéntica prestación de servicios, sirviéndos e de un alta indebida en un régimen de personas trabajador a s por cuenta propia. Grado medio De 6.251 a 8.000 euros De 7.501 a 9.600 euros Grado máximo De 8.001 a 10.000 euros De 9.601 a 12.000 euros