N.I. 45.24 TJUE anula retorno vehículo cada 8 semanas

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1. Nº 4 5 . 2 4 Madrid, 4 de octubre de 20 2 4 T JUE ANULA RETORNO VEHÍCULO CADA 8 SEMANAS

3. La Sentencia confirma el resto del paquete de la carretera en todas las materias que le habían sido sometidas : la prohibición del descanso en cabina, el retorno del conductor, la obligación de instalar los tacógrafos inteligentes de segunda generación, el periodo de enfriamiento en el cabotaje y las normas de desplazamiento de trabajadores, por citar las más importantes. Es posible que la Sentencia, aun confirmando su validez, influya en la interpretación de alguna de ellas. La Sentencia confirma, parece que íntegramente, el informe del abogado general de noviembre de 2023. El texto completo de la S entencia no está todavía disponible. Para el Comunicado de prensa en inglés , por favor, pinche en el siguiente enlace : https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application /pdf/2024 - 10/cp240173en.pdf C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

2. Nº 4 5 . 2 4 Madrid, 4 de octubre de 20 2 4 T JUE ANULA RETORNO VEHÍCULO CA DA 8 SEMANAS En una Sentencia hecha pública hoy , el Tribunal de J usticia de la U nión E uropea ha resuelto el recurso de anulación presentado por siete países de la UE (Lituania, Bulgaria, Rumanía, Chipre, Hungría, Malta y Polonia) contra el paquete de la carretera. Lo ha hecho confirmando, en su conjunto, el paquete de la carretera, pero anulando la obligación del retorno del vehículo cada ocho semanas a un centro operativo situado en el país de establecimiento. El motivo es que esta obligación fue introducida por el Consejo y el Parlamento a lo largo del procedimiento parlamentario, por lo tanto , no fue tenida en cuenta en las valoraciones de impacto normativo que acompañaron la p ropuesta inicial de la Comisión. El Tribunal ha entendido, por lo tanto, que los legisladores no tenían información suficiente para votarla. El retorno de los vehículos cada ocho semanas era una de las medidas que podían haber tenido un mayor impacto en la lucha contra el conocido como dumping social . Si bien lo cierto es que n o ha llegado a ser realmente controlado por los países de acogida , sí ha tenido peso en numerosas decisiones empresariales tomadas a lo largo de estos años de tramitación del Paquete de Carretera en las instituciones como el Europarlamento y el Consejo, y en el tiempo de espera a la sentencia del TJUE . El principal motivo para la poca efectividad del control sobre la aplicación de esta medida es que las ocho semanas excedían el periodo que se puede controlar en el tacógrafo hasta el 31 de diciembre de 2024. Además, tratándose de un requisito de establecimiento, era muy dudoso que se pudiera controlar por el Estado de acogida.

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