1. Nº 3 7 . 2 6 Madrid, 30 de a bril de 20 2 6 C E A PRUEBA MARCO TEMPORAL AYUDAS RESPUESTA CRISIS ORIENTE PRÓXIMO
3. aprobación lo que, según nuestra información, es el caso de la ayuda de 20 c ts. por litro. Esperamos que, con arreglo a este nuevo marco , la devolución de los 20 c ts. por litro de gasóleo quede aprobada por la C E en un breve perio do de tiempo. Para las ayudas directas, como las que se otorgaron en España para empresas no beneficiarias del gasóleo profesional, se establece un límite de 50.000 € por empresa. P uede acceder , haciendo click aquí , a la nota de prensa emitida desde la propia C E con este motivo , y al texto completo pinchando a quí . C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C
2. Nº 3 7 . 2 6 Madrid, 30 de a bril de 20 2 6 C E A PRUE BA MARCO TEMPORAL AYUDAS RESPUESTA CRISIS ORIENTE PROXIMO La primera medida de apoyo al transporte, en España, durante la presente crisis ha sido la devolución de 20 c t s . por litro , articulada a través de la vía del gasóleo profesional. Durante la Crisis de Ucrania, que también supuso un incremento importante en los precios del gasóleo, lo que provocó también una devolución de 20 ct s . por litro, la U nión E uropea aprobó un marco temporal que fue ampliando el límite “de mínimis” hasta 2.250.000 € , un incremento muy importante pero que se quedó corto para las empresas de transporte más grandes. En esta ocasión, en lugar de ampliar el límite “de mínimis” la C E ha optado por excluir estas ayudas de dicho límite si se cumplen ciertas condiciones: • Si la ayuda se concede a un plan que cuente con previsión presupuestaria. • Si la ayuda se concede , a más tardar , el 31 de diciembre de 2026, por el periodo de l 1 de marzo a 31 de diciembre de ese año. • Si la ayuda abarca una parte de hasta el 70% de los costes extraordinarios derivados de la evolución de los mercados directamente afectados por la crisis de Oriente Próximo, cuando el precio del combustible sea superior al precio de referencia histórico, sobre la base de hipótesis razonables e índices reconocidos. El nuevo marco se aplicará a todas las medidas notificadas con anterioridad a la fecha de su
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