1. Nº 1 1 1 . 2 2 Madrid, 28 de octubre de 20 2 2 A Y U D A S MODERNIZACIÓN EMPRESAS TRANSPORTE
3. de empresa). Para empresas de más de 10 empleados la cuantía máxima sería de 5 . 000 euros. e) Categoría 5: Implantación de sistemas SAE (sistema de ayuda a la explotación). Para empresas de más de 10 vehículos la cuantía máxima sería de 12 . 000 euros. f) Categoría 6: Actualización de sistemas SAE. Para empresas de más de 10 vehículos la cuantía máxima sería de 7 . 000 euros. g) Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros. Para empresas de más de 10 vehículos la cuantía máxima sería de 10.000 euros, 13.000 si incluyen sistemas de conteo de pasajeros. h) Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos. Para empresas de más de 10 vehículos la cuantía máxima sería de 10.000 euros. i) Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing. Para empresas de más de 10 vehículos la cuantía máxima sería de 7 . 000 euros. Los suministradores de estas aplicaciones y equipamientos deberán estar incluidos en la relación de Proveedores de Solución de Modernización Adheridos . C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C
2. Nº 1 1 1 . 2 2 Madrid, 28 de octubre de 20 2 2 A Y U D A S MODERNIZACIÓN EMPRESAS TRANSPORTE El B oletín O ficial del E stado del día 25 de octubre ha publicado el R eal D ecreto 902/2022, por el que se aprueban ayudas directas a las C omunidades Autónomas para que éstas las destinen a otorgar ayudas a la modernización de las empresas de transporte de viajeros y mercancías. Estas ayudas forman parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la U nión E uropea a través del fondo Next Generation EU. Las subvenciones se otorgarán a través de las CC.AA. y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Malilla, que deberán publicar las convocatorias y gestionar las solicitudes que realicen las empresas. Solo tendrán derecho a solicitar estas ayudas las personas físicas y las PYMES , es decir , las empresas que tengan menos de 250 trabajadores y un volumen de negocios anual que no ex ceda de 50 millones de euros o un balance general que no exceda de 43 millones de euros. Son actuaciones subvencionables las siguientes: a) Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos. Para empresas de más de 10 empleados la cuantía máxima sería de 4 . 000 euros. b) Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación. Para empresas de más de 10 vehículos la cuantía máxima sería de 12.000 euros. c) Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión. Para empresas de más de 10 empleados la cuantía máxima sería de 7 . 000 euros. d) Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP (sistem a de gestión de transporte/sistema de gestión
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