1. CIRCULAR Nº. 2.18 9 ASUNTO : A L E M A N I A. EQUIPAMIENTO DE INVIERNO
2. CIRCULAR Nº. 2 . 1 89 Madrid, 4 de septiembre 201 7 ASUNTO : ALE MANIA. EQUIPAMIENTO DE INVIERNO Cadenas de nieve Aunque no es obligatorio llevar cadenas de nieve a bordo de un vehículo, deben montarse en carreteras cubiertas de nieve de acuerdo con la señal de tráfico correspondiente. No se indica ningún período de tiempo específico, sin embargo, " si las circunstan cias así lo requieren, el vehículo debe estar equipado con neumáticos de nieve, cadenas de nieve, una pala, una escoba y remolque o cuerda de remolcar ". Las cadenas deben encajarse en el eje o ejes motrices de los vehículos de motor. La velocidad máxima con cadenas de nieve instaladas es de 50km/h. Neumáticos de invierno Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de invierno cuando prevalezcan hielo, nieve empapada, nieve líquida, hielo negro o heladas. Los neumáticos de invierno deben lleva r l a s siguientes indicaci o n es: 3PMSF ; M + S, M.S. o M & S . S i los neumáticos están fabrica dos antes del 31.12.2017 (=DOT 5217) se pueden utilizar como neumáticos de invierno hasta el 30.12.2024 . Para todos los neumáticos en todas las estaciones, la profundidad de la banda de rodadura es de 1,6 mm como mínimo. E jes Automóviles de pasajeros (M1) y camiones ligeros (N1, con
3. un peso máximo autorizado inferior a 3,5t) => todos los ejes ; Los camiones de más de 3.5t (categorías N2 y N3) y los coches con más de 8 asientos de pasajeros (además del asiento del conductor) (categorías M2 y M3) deben estar equipados con neumáticos de invierno => los ejes accionados permanentemente => los ejes de dirección delanteros a partir del 01.07.2020 (sujeto a un estudio del Instituto Federal de Investigación de Carreteras (BASt), que confirma que los neumáticos de invierno son necesarios en los ejes de dirección delantera de los camiones, la posible implem entación será a partir del invierno de 2019) ; Los neumáticos de invierno no son obligat orios para los ejes de remolque/ semirremolque . Sanciones En caso de incumplimiento de la señal de circulación que indique el uso obligatorio de cadenas, se impone u na multa de acuerdo con §49, al.3, n ° 4 de StVO (Strassenverkehrs - Ordnung). La multa de base por no cumplir con la legislación de neumáticos de invierno es de: 60 euros para el conductor pero se puede aumentar a 80 euros (y 1 punto en el Fa hreignungsregister alemán (FAER * ) ) si el vehículo pone en peligro a otros usuarios de la carretera ; 75 euros para el propietario del vehículo. *FAER: La inscripción en el Fahreignungsregister alemán (Registro donde se almacenan todas las infracciones de t ráfico de un conductor) también se aplica a los conductores extranjeros que pueden hacerse notorios en Alemania. En el caso de haber perdido ocho puntos, se prohibirá conducir incluso a los conductores extranjeros en Alemania. Príncipe de Vergara , 7 4 E dificio CEOE - 2800 6 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información sin la autorización de A.S .T.I.C.
Vistas
-
165
Vistas totales
-
111
Vistas del sitio web
-
54
Vistas incrustadas
Acciones
-
0
Acciones Sociales
-
0
Me gusta
-
0
No me gusta
-
0
Comentarios
Share count
-
0
Facebook
-
Twitter
-
0
LinkedIn
-
0
Google+
Incrusta
4
-
3
astic.net
-
2
web.astic.net
-
1
beta.astic.net
-
1
52.49.10.90