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1. CIRCULAR Nº. 2 . 1 4 8 Madrid, 1 de septiembre 201 6 ASUNTO : C O MU N I CACIONES ELECTRÓNICAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA De acuerdo con la última modificación de la LOTT en Julio del año 2013, las comunicaciones con la Administración deberían realizarse exclusivamente por medios electrónicos a partir del momento en que todos los sujetos afectados estuvieran obligados a disponer de firma electrónica y equipamiento informático . Las empresas creadas antes de la entrada en vigor de la reforma de la LOTT, antes de Julio de 2013 por t anto, solo se han visto obligadas a cumplir esos requisitos a partir de la tramitación de visado posterior al 2014, que para las empresas de viajeros se ha realizado en el año 2015 y para las empresas de transporte de mercancías se está realizando en el añ o 2016. Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2017 todas las comunicaciones con la Administración deberán realizarse por vía electrónica . Para los distintos tipos de gestión las direcciones son las siguientes: Para las autorizaciones de transporte int erior: https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELL ANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/GESTION_AUTORIZACIO NES/ Pa ra las autorizaciones de internacional: https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELL ANO/OFICINAS_SECTORIALES/T TE_CTRA/TRANSPORTE_INTERNA CIONAL/ Para el régimen sancionatorio (alegaciones, recursos...): https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/L ANG_CASTELL ANO/OFICINAS_SECTORIALES/TTE_CTRA/INSPECCION/ Los visados de oficio se podrán realizar a partir del 1 de enero de 2018. Príncipe de Vergara , 7 4 E dificio CEOE - 2800 6 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información sin la autorización de A.S.T.I.C.

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