N.I. 5.19. Reunión del Comité Nacional de Transporte por Carrtera con la Dirección General de Transporte Terrestre

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1. Nº 5 .1 9 Madrid, 10 de e nero de 201 9 R E UNION DEL COMITÉ NACIONAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

2. Nº 5 .1 9 Madrid, 10 de e nero de 201 9 R E UNION DEL COMITÉ NACIONAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA CON LA DIRECCIÓ N GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE El Departamento de Mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera estuvo debatiendo ayer con la Directora General de Transporte Terrestre , Dña. Mercedes Gómez Álvarez, las varias reivindicaciones planteadas po r el sector. Más abajo puede leer la N ota de Prensa emitida por el CNTC . Aparte de las reivindicaciones sectoriales, se plantearon los varios escenarios posibles con ocasión del BREXIT:  Si en la votación del próximo martes 15 de e nero el Parlamento bri tánico ratifica el acuerdo del Brexit alcanzado por su Ejecutivo y la U nión E uropea , automáticamente se establecerá un periodo transitorio que terminará el 31 de diciembre de 2020, durante el cual todo seguirá funcionando exactamente igual que hasta ahora, incluyendo las posibilidades de realizar bilateral, cabotaje y triangular. Durante ese periodo, la UE negociará un acuerdo bilateral de transporte con el RU que se aplicaría a partir de 2021.  Si el Parlamento británico no ratificase dicho acuerdo, estarí amos a partir del 29 de marzo frente a una problemática situación, la que se viene conociendo como un Brexit “duro” o sin acuerdo, como ya informamos en la N ota I nformativa número 3.19 de 8 de enero. Para paliar la misma , en algunos sectores, entre los cua les se encuentra el nuestro, la UE ha publicado una Propuesta de Reglamento que permitiría a los transportistas británicos realizar transporte bilateral – ni cabotaje ni cross trade - con las condiciones actuales hasta el 31 de diciembre de 2019. La Comisi ón E uropea se reserva el derecho de limitar o suspender este “permiso” si constatase que el RU no aplica reciprocidad en un plazo que, según se nos dijo ayer, sería

3. de hasta seis meses, es decir , si no existiesen por parte del RU medidas equivalentes para los transportistas de la UE. Se entiende por bilateral el transporte entre el RU y cualquier Estado de la UE. Consecuentemente, para nuestros transportistas debería estar permitido en los viajes de retorno desde R U el tra nsporte hacia cualquier Estado m iem bro de la UE, sin que tenga que ser obligatoriamente el de origen, es decir, normalmente España. Las operaciones de cabotaje en el RU sí estarían prohibidas. Estamos, pues, a pocas fechas de conocer cuál de los dos escenarios anteriores debemos dar por ci erto pero, en todo caso, seguimos considerando que, al menos para nuestro sector, existe razonablemente la posibilidad de no tener que emprender acciones urgentes de contingencia para “asegurarse” los permisos habilitadores para transportar hacia y desde R U, a pesar de la cercanía del 29 de marzo. Otro asunto es el derivado de un posible establecimiento de barreras aduaneras, las cuales sí podrían provocar, casi con toda seguridad, retrasos importantes en los tránsitos internacionales entre la UE y el RU. Sobre este asunto se está trabajando para encontrar también posibles soluciones, aunque por el momento no tenemos mayor concreción. COMITE NACIONAL DEL TRANSPORTE POR CARRETERA DEPARTAMENTO DE MERCANCIAS NOTA DE PRENSA El pleno del Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), mantuvo en el día de ayer una reunión con la Dirección General de Transportes en la que se trató del desarrollo de las diversas medidas propuestas el pasado 23 de noviembre. El Ministerio de Fomento ha asumido el compromiso de dar a conocer el resultado de sus gestiones ante otros departamentos, antes del día 15 del mes en curso. 10 de enero de 2019 C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 M ADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C

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