1. Nº 4 2 . 2 4 Madrid, 13 de septiembre de 20 2 4 R E I NO UNIDO . AUTORIZACIÓN ELECTRÓNICA DE VIAJE
2. Nº 4 2 . 2 4 Madrid, 13 de septiembre de 20 2 4 R E I NO UNIDO. AUTORIZACIÓN ELECTRÓNICA DE VIAJE A partir del 2 de abril de 2025, los ciudadanos de la U nión E uropea que visiten el Reino Unido necesitarán una autorización electrónica de viaje (un permiso digital para viajar al Reino Unido). Los europeos que cumplan los requisitos pueden solicitarla a partir del 5 de marzo de 2025. Los visitantes pueden averiguar cuándo necesitarán una autorización electrónica de viaje aquí . La autorización electrónica de viaje cuesta 10 libras y permite realizar varios viajes al Reino Unido d e hasta seis meses a la vez durante dos años o hasta que caduque el pasaporte del titular, lo que ocurra primero. Los pasaportes deberán presentarse de todas formas. La autorización electrónica de viaje se aplica a: • Visitas de hasta 6 meses por turismo, visitas a familiares y amigos, negocios o estudios de corta duración . • Visitas de hasta 3 meses con la concesión de visa para trabajadores creativos Concesión de visa para trabajadores creativos • Visitas para un compromiso remunerado permitido C ompromiso remunerado permitido • Tránsito por el Reino Unido , incluso si no pasa por el control fronterizo del Reino Unido Más información y cómo solicitarla: www.gov.uk/electronic - travel - authorisation. Fuente: RHA, del Ministerio del Interior del Reino Unido C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E - mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST I C
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