9. 7 NOTAS
10. Print ISBN 978-92-79-99957-4 doi:10.2778/30481 KP-01-19-120-ES-C PDF ISBN 978-92-79-99926-0 doi:10.2778/24312 KP-01-19-120-ES-N
3. CÓMO PREPARARSE PARA EL BREXIT GUÍA ADUANERA PARA LAS EMPRESAS Fiscalidad y Unión Aduanera
1. Nº 25 .1 9 Madrid, 20 de febrero de 2019 GUÍA UNIÓN EUR OPEA ADUANAS Y BREXIT
4. 2 EL BREXIT AFECTARÁ A SU EMPRESA SI ... ¿ QUÉ SIGNIFICA ESTO ? Febrero de 2019 A falta de un acuerdo para la salida ordenada del Reino Unido de la UE, que establecería un período transitorio hasta el final de 2020 (con la posibilidad de una prórroga prevista en el acuerdo de retirada), el Reino Unido será tratado como país no perteneciente a la UE a efectos aduaneros a partir del 30 de marzo de 2019. Es urgente que las empresas de la UE empiecen a prepararse para la salida del Reino Unido de la UE, en caso de que todavía no lo hayan hecho. > ... vende bienes o presta servicios al Reino Unido, o > ... compra bienes o recibe servicios del Reino Unido, o > ... transporta bienes a través del Reino Unido. Sin un período transitorio (como el previsto en el acuerdo para la salida ordenada de la UE) o un acuerdo definitivo, las relaciones comerciales con el Reino Unido se regirán por las normas generales de la OMC, sin aplicación de preferencias, a partir del 30 de marzo de 2019. Esto implica en especial que: > se aplicarán formalidades aduaneras para las mercancías procedentes del Reino Unido o con destino a dicho país, debiendo presentarse a tal efecto declaraciones aduaneras y pudiendo las autoridades aduaneras exi- gir garantías para deudas aduaneras potenciales o existentes; > se aplicarán derechos de aduana a los bienes que entren en la UE proce- dentes del Reino Unido, sin preferencias;
8. 6 CONTACTO https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/ BREXIT/BREXIT.shtml intrel.adu@correo.aeat.es https://ec.europa.eu/taxation_customs/uk-withdrawal-es MÁS INFORMACIÓN Y ENLACES CORRESPONDIENTES > Salida del Reino Unido de la UE https://ec.europa.eu/taxation_customs/uk-withdrawal-es > Folleto «Siete cosas que las empresas en la EU-27 necesitan saber con el fin de prepararse para el Brexit» https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/factsheet-preparing-withdrawal-brexit- preparedness-web_es.pdf > Contactos de las autoridades nacionales de la EU-27 en el ámbito de las aduanas y los impuestos https://europa.eu/!Xr37YV > Página con comunicaciones preparatorias sobre todos los temas https://ec.europa.eu/info/brexit/brexit-preparedness/preparedness-notices_es > Módulos de aprendizaje electrónico sobre aduanas e impuestos https://ec.europa.eu/taxation_customs/eu-training/general-overview_en Para obtener más información y asistencia, diríjase a las autoridades nacionales, a su Cámara de Comercio e Industria local o a la asociación de su sector.
6. 4 LISTA DE PASOS A SEGUIR PARA LOS OPERADORES DE CARA AL BREXIT □ COMPRUEBE SI SU EMPRESA TIENE RELACIONES COMER - CIALES CON EL REINO UNIDO O TRANSPORTA BIENES A TRAVÉS DEL REINO UNIDO . Si es así: □ REGISTRE su empresa ante la autoridad aduanera nacional si todavía no lo ha hecho con el fin de poder realizar operaciones comerciales con países no pertenecientes a la UE. Puede encontrar los datos de contacto de las autoridades aduaneras nacionales en esta lista. https://europa.eu/!Xr37YV □ EVALÚE SI su empresa está preparada para seguir teniendo rela- ciones comerciales con el Reino Unido o a través del Reino Unido y, por lo tanto, dispone de los siguientes elementos necesarios: 1. capacidad humana (personal formado en materia aduanera); 2. capacidad técnica (sistemas informáticos y otros); y 3. autorizaciones aduaneras , por ejemplo para regímenes especiales (depósito, perfeccionamiento o destinos especiales). □ PREGUNTE a su autoridad aduanera nacional sobre las simplifi- caciones y facilitaciones existentes de que pueda beneficiarse su empresa, tales como: 1. simplificaciones para la inclusión de bienes en un régimen aduanero; 2. reducción del importe o dispensa de garantías globales; 3. simplificaciones para los procedimientos de tránsito.
2. Nº 25 .1 9 Madrid, 20 de febrero de 2019 GUÍA UNIÓN EUROPEA ADUANAS Y BREXIT La Comisión Europea acaba de publicar un folleto informativo sobre posibles medidas a tomar de cara al Brexit. Guía que puede usted encontrar en el archivo adjunto. Está enfocada literalmente a “EMPRESAS QUE TIENEN RELACIONES COMERCIALES CON EL REINO UNIDO O TRANSPORTA BIENES A TRAVÉS DEL REINO UNIDO ” . Por lo tanto, creemos muy aconsejable que sea tenida en cuenta (como información complementaria a la que ya hemos hecho llegar al respecto) por aquellas empresas de nuestra asociación que tengan líneas de transporte con Gran Bretaña. C/ Príncipe de Vergara, 74, 3 planta - 28006 MADRID Tlf.: 91 451 48 01 / 07 – Fax: 91 395 28 23 E-mail: astic@astic.net Nota: Prohibida la edición, distribución y puesta en red, total o parcial, de esta información si n la autorización de A ST IC
7. 5 □ CONSIDERE la posibilidad de solicitar a su autoridad aduanera nacional el estatuto de operador económico autorizado (AEO, por sus siglas en inglés). □ Si está usted registrado(a) en la Mini Ventanilla Única de IVA en el Reino Unido, REGÍSTRESE en un Estado miembro EU27. □ Si pagó el IVA en el Reino Unido en 2018, presente sus solici- tudes de devolución del IVA con la suficiente antelación antes del 29 de marzo de 2019 con el fin de que puedan ser tramitadas antes de esa fecha. □ Hable con sus socios comerciales (proveedores, intermediarios, transportistas, etc.), ya que el Brexit podría afectar también a su cadena de suministro. □ Consulte nuestra página sobre módulos de aprendizaje elec- trónico sobre aduanas e impuestos para ver si usted o su per- sonal necesitan formación adicional. □ Para información técnica más detallada, puede consultar la página web de la Comisión Europea que contiene «comunicaciones pre- paratorias» sobre una amplia gama de temas, incluidos las adua- nas y los impuestos.
5. 3 ¿ QUÉ DEBERÍA HACER USTED ? > podrán aplicarse asimismo prohibiciones o restricciones a algunos bie- nes que entren en la UE procedentes del Reino Unido, lo que significa que podrán exigirse certificados de importación o exportación; > dejarán de ser válidos en la UE (EU27) los certificados de importación y exportación expedidos por el Reino Unido; > dejarán de ser válidas en la UE (EU27) las autorizaciones de simpli- ficaciones o procedimientos aduaneros , como el depósito aduanero, expedidas por el Reino Unido; > dejarán de ser válidas en la UE (EU27) las autorizaciones de operador económico autorizado (AEO, por sus siglas en inglés) expedidas por el Reino Unido; > los Estados miembros aplicarán el IVA a la importación de los bienes que entren en la UE procedentes del Reino Unido; las exportaciones al Reino Unido estarán exentas del IVA; > cambiarán las normas sobre la declaración y el pago del IVA (para las prestaciones de servicios, como, por ejemplo, los servicios electrónicos ) y para las devoluciones transfronterizas del IVA ; > el transporte de bienes al Reino Unido requerirá una declaración de expor- tación; la circulación de bienes sujetos a impuestos especiales en el Reino Unido también podrá requerir un documento administrativo electrónico (eAD); > los bienes sujetos a impuestos especiales transportados del Reino Unido a la UE (EU27) deberán ser despachados de aduana antes de que pueda iniciarse un movimiento en el marco del Sistema Informatizado para la Circulación y el Control de los Impuestos Especiales (EMCS). Con el fin de evitar perturbaciones, todas las empresas afectadas deben prepa- rarse, tomar todas las decisiones necesarias y adoptar todas las medidas admi- nistrativas necesarias antes del 30 de marzo de 2019. Utilice la lista de pasos a seguir que figura a continuación y conozca qué medidas concretas debe adoptar tan pronto como sea posible.