FRANCIA. EXCEPCIÓN TEMPORAL NORMAS TIEMPOS CONDUCCIÓN Y DESCANSO
Flash Informativo 63.18
Teniendo en cuenta que un movimiento social
nacional, "Chalecos Amarillos", interrumpe las condiciones del
tráfico y los suministros nacionales, que
debido a este movimiento, muchos conductores se encontraron inmovilizados lejos
de sus vínculos familiares y profesionales, y
considerando que esta situación constituye un caso urgente, mencionado en el
artículo 14.2 del Reglamento (CE) nº 561/2006, de 15 de marzo de 2006, que
justifica la aplicación de una excepción temporal a las normas sobre el tiempo
de conducción y los períodos de descanso, se determina:
Art. 1. -
Sin perjuicio de la extensión de las horas de trabajo diarias y semanales de
conformidad con el artículo R. 3312-52 del Código de transporte, las
operaciones de transporte de mercancías y pasajeros se beneficiarán de las
siguientes excepciones temporales a las normas establecidas en el Reglamento No 561/2006 / EC
mencionado anteriormente:
1.
Superar el tiempo máximo diario de conducción dentro del límite de dos horas,
sin perjuicio del artículo 6 del Reglamento mencionado anteriormente;
2.
Superar el tiempo máximo de conducción semanal dentro del límite de seis horas,
no obstante lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento antes mencionado.
Art. 2. - Las excepciones previstas en el artículo 1 se otorgan durante la vigencia del movimiento social nacional antes mencionado y hasta el lunes 26 de noviembre de 2018 a las 00 h 00.
Art. 3. Esta orden no es aplicable al transporte escolar.
Art. 4. El Director de Servicios de
Transporte será responsable de la aplicación de esta Orden, que se publicará en
el Diario Oficial de la República Francesa y entrará en vigor inmediatamente, y
será notificado a la Comisión Europea en aplicación de Artículo 14.2 del citado
Reglamento.
Fuente:
Ministerio de Transición Ecológica y Solidaria.