ESPAÑA. USO MASCARILLAS EN TRANSPORTE
Flash Informativo 180.20
Por su inmediatez y alcance le remitimos la recentísima Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura, en la cual literalmente puede leerse:
“ …el transporte de mercancías y viajeros debe seguir realizándose, en todo caso, con la debida protección de la salud. En la continua evaluación de las condiciones en las que se vienen desarrollando ambos tipos de transporte, las medidas que se van adoptando deben tener en cuenta, de una parte, la necesidad de facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, y de otra, que el transporte público de viajeros garantice la movilidad con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020.”
No obstante lo cual, las medidas recogidas en al O.M. tienen mucha mayor implicación para el transporte de pasajeros que para el de mercancías, salvo en el caso ya conocido de las dobles tripulaciones (apartado 3 del Art. 2 de esta O.M.) o bien de cara a instruir a aquellos empleados de su empresa que se desplacen en transporte colectivo hacia o desde su lugar de trabajo.
Entra en vigor a las 00.00 horas de mañana, lunes 4 de mayo.