CATALUÑA. RESTRICCIONES AP7 Y B23

Flash Informativo 47.23

ASTIC

El importante incremento de la intensidad de circulación en algunos tramos de varias autopistas derivado de la desaparición de los peajes ha motivado una serie de incidencias de circulación que han generado afectaciones considerables, especialmente en las operaciones de salida y retorno de los fines de semana.

Estas afectaciones han hecho y hacen necesaria la instalación, entre otras medidas, de carriles adicionales en sentido contrario, de acuerdo con lo que prevén los artículos 18 del texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre y 37, 41 y 42 del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.

La instalación de estos carriles es incompatible con la posibilidad de que los vehículos pesados puedan circular por otros carriles que no sean el carril derecho de la calzada, por lo que es necesario establecer la obligación de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de adelantamiento y circular a más de 80 km/h, aplicables a los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA o MMC, limitando la duración de estas medidas en el tiempo a determinados días y horarios.

Sin embargo, las afectaciones se siguen produciendo en determinados tramos, especialmente de la autopista AP-7, en los que se producen incorporaciones desde otras vías, lo que hace necesaria la adopción de otras medidas que afectarán también a la circulación de vehículos ligeros.

Por los motivos expuestos, se adoptan las siguientes medidas de limitación:

El viernes día 14 de abril de 2023:

En la vía AP-7, entre el pk 126, salida 12B en La Roca del Vallès, Granollers y enlace con la C-60, en el término municipal de La Roca del Vallès y el pk 172, salida 25 en Martorell y enlace con la A-2, en el término municipal de Martorell, se establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en ambos sentidos en el horario comprendido entre las 15.00 y las 21.00 horas.

En la autopista AP-7, entre el pk 172, salida 25 en Martorell y enlace con la A-2, en el término municipal de Martorell, y el pk 176,6, salida 26 en Gelida y Sant Llorenç d'Hortons , en el término municipal de Gelida, se establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en sentido sur en el horario comprendido entre las 15.00 y las 21.00 horas.

En el tramo Gelida - Martorell los vehículos ligeros tendrán la velocidad limitada a 100 km/h.

El sábado día 15 de abril de 2023:

En la autopista AP-7, entre el pk 172, salida 25 en Martorell y enlace con la A-2, en el término municipal de Martorell, y el pk 176,6, salida 26 en Gelida y Sant Llorenç d'Hortons , en el término municipal de Gelida, se establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en sentido sur en el horario comprendido entre las 09.00 y las 14.00 horas.

En este tramo los vehículos ligeros tendrán la velocidad limitada a 100 km/h.

El domingo día 16 de abril de 2023:

Dada la instalación de un carril en sentido contrario, en la autopista AP-7 norte, entre el pk 111,1, salida 11 en Sant Celoni y Montseny, en el término municipal de Sant Celoni, y el pk 133, 8, salida 13 en Granollers, Montornès del Vallès y Vilanova del Vallés, en el término municipal de Montornès del Vallès, se adoptan las medidas de limitación consistentes en la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía, la prohibición de realizar adelantamientos y de circular superando los 80 km/h aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en ambos sentidos en el horario comprendido entre las 15:00 y las 22:00 horas.

Por la misma razón, entre el pk 213 de la autopista AP-7, bifurcación AP-7 AP-2 en el término municipal de Banyeres del Penedès y el pk 8 de la vía B-23, salida 8 en Sant Feliu de Llobregat y Molins de Rei Sud, en el término municipal de Sant Feliu de Llobregat, se establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos y de superar los 80 km/h aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en ambos sentidos en el horario comprendido entre las 15.00 y las 22.00 horas.

Los vehículos que gocen de exención respecto a las restricciones establecidas en la Resolución INT/183/2023 estarán igualmente obligados a respetar las limitaciones a las que hace referencia esta nota.

Las antiguas playas de peaje de la autopista AP-7 en Martorell y en La Roca, ubicadas en el margen derecho de la autopista en el sentido de la marcha, estarán disponibles para el descanso de los transportistas los días y franjas horarias relacionadas en esta nota informativa.