BULGARIA. ACTUALIZACIÓN MEDIDAS RESTRICTIVAS POR CORONAVIRUS

Flash Informativo 147.20

ASTIC Info

Hoy, la Agencia Búlgara de Infraestructura Vial, ha emitido una orden que suspende temporalmente la prohibición oficial de conducir los festivos para camiones de más de 12 toneladas.

Además, el Gobierno búlgaro ha otorgado una tolerancia temporal adicional con respecto a la aplicación de las normas de conducción y tiempo de descanso para los conductores en virtud del reg. (CE) 561/2006 sobre el transporte nacional e internacional de mercancías. Esta excepción se aplica del 17 de abril de 2020, 00:00h, al 17 de mayo de 2020, 24:00h.

Las medidas levantadas son las siguientes:

- Art. 6 (1): reemplazo del límite de conducción diario máximo de 9 horas por uno de 11 horas;

- Art. 7: reemplazo de los requisitos mínimos de descanso diario mediante la imposición de un descanso de 45 minutos después de 5 horas y media;

- Art. 8 (6): posibilidad de tomar dos períodos consecutivos de descanso semanal reducido de un mínimo de 24 horas, siempre que:   

• los conductores tomen, al menos, 4 descansos semanales dentro de estas 4 semanas consecutivas y, al menos dos de ellos, deben ser descansos semanales regulares;   

• los dos descansos semanales reducidos deben compensarse antes del próximo período de descanso

- Excepción al artículo 8, apartado 8, del Reglamento 561/2006: posibilidad de que el conductor tome el descanso semanal regular en el vehículo, siempre que tenga instalaciones para dormir adecuadas para cada conductor y el vehículo esté parado.