CATALUÑA. RESTRICCIONES PUENTE MAYO

Flash Informativo 48.25

ASTIC

NOTA GENÉRICA A LA ADOPCIÓN DE LIMITACIONES A LA CIRCULACIÓN APLICABLES A LOS VEHÍCULOS Y CONJUNTOS DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DE MÁS DE 7.500 KG DE MMA O MMC LOS DIAS 30 DE ABRIL Y 1 DE MAYO

El importante incremento de la intensidad de circulación en algunos tramos de diversas autopistas, derivado de la desaparición de los peajes, ha motivado una serie de incidencias de circulación que han generado afectaciones considerables, especialmente en las operaciones de salida y retorno de los fines de semana.

Según el artículo 2 del Decreto 102/1998, de 15 de abril, de desarrollo de las competencias de la Generalidad de Cataluña en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, es competencia del Servicio Catalán de Tráfico la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la fluidez en el tráfico de las carretas.

En virtud de dicho artículo, el SCT puede establecer limitaciones puntuales en función de circunstancias especiales derivadas de la existencia de festivos en fechas concretas que permitan prever que las condiciones de circulación serán distintas de las habituales.

Para los próximos días, la condición de festivo del jueves 1 de mayo de 2025 y la consecuente posibilidad de realizar un puente de 4 días, justifica la adopción de las siguientes medidas complementarias a las ya existentes en la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las siguientes restricciones a la circulación:

Para el miércoles día 30 de abril de 2025:

• En la vía AP-7, entre el PK 111 en Sant Celoni y el PK 200 en Vilafranca del Penedès, se establece la obligatoriedad de circular por el carril de la derecha de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos aplicados a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías, que superen los 7,50 M entre las 15:00 y las 22:00 horas.

Para el jueves día 1 de mayo de 2025:

• En la vía AP-7, entre el PK 111 en Sant Celoni y el PK 200 en Vilafranca del Penedès, se establece la obligatoriedad de circular por el carril de la derecha de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos aplicados a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías, que superen los 7,50 M entre las 10.00 y las 14.00 horas.

Las antiguas playas de peaje de la autopista AP-7 en Martorell y en La Roca del Vallès, ubicadas en el margen derecho de la autopista en el sentido de la marcha, estarán disponibles para el descanso de los transportistas los días y franjas horarias relacionadas en esta nota informativa.