ESPAÑA. CIRCULACIÓN CARRILES SENTIDO CONTRARIO
Flash Informativo 90.24
Con el fin de mejorar la fluidez del tráfico, desde el Servicio Catalán de Tráfico -asumiendo las competencias que le son asignadas en la materia- tiene la potestad de disponer carriles en sentido contrario al habitual.
En concreto, y según el artículo 41 del Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003, de 21 de noviembre):
1. Cuando las calzadas dispongan de más de un carril de circulación en cada sentido de la marcha, la autoridad encargada de la regulación del tráfico podrá habilitar, por razones de fluidez de la circulación, carriles para su utilización en sentido contrario a lo habitual debidamente señalizados con lo dispuesto en el artículo 144.
Además, este artículo añade los siguientes tipos de vehículos habilitados para utilizarlos:
La utilización de los carriles habilitados para la circulación en sentido contrario a lo habitual queda limitada a las motocicletas y turismos y está prohibida, por tanto, en el resto de los vehículos, incluidos los turismos con remolque [...]
En consecuencia, queda expresamente prohibida en estos carriles la circulación de camiones y autobuses por razones de seguridad vial.
Con todo ello, a título informativo, la SCT habitualmente y cuando las condiciones de la circulación lo requieren, propone diferentes carriles en sentido contrario al habitual para mejorar la fluidez del tráfico y la seguridad vial en los tramos y direcciones siguientes:
De salida del Área Metropolitana de Barcelona:
1. AP-7 nord (del PK 134 al PK 80)
2. AP-7 sud (del PK 172 al PK 213)
De entrada al Área Metropolitana de Barcelona:
3. C-32 nord (del PK 114 al PK 84+500)
4. C-32 sud (del PK 60 al PK 47)
5. AP-7 nord (del PK 111 al PK 133,5)
6. AP-7 sud (del PK 213 de l’AP-7 al PK 8 de la B-23)
Aun así, la potestad de poner carriles en sentido contrario a lo habitual no se circunscribe únicamente a los carriles descritos, sino que se pueden instalar allí donde sean necesarios de acuerdo con la seguridad vial y la previsión de fluidez de tráfico.
Dado que estos carriles se monitorizan y vigilan en tiempo real en las operaciones especiales de tráfico mediante el Centro de Información Vial de Cataluña (CIVICAT), los vehículos que incumplan esta normativa serán interceptados y denunciados.
Para cualquier duda o consulta podéis contactar a través de la página web de la SCT transit.gencat.cat y en la web de incidencias viarias cit.transit.gencat.cat