ITALIA. ACTUALIZACIÓN MEDIDAS RESTRICTIVAS CORONAVIRUS

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Están entrando en vigor nuevas restricciones para las personas que entren en territorio italiano. Sin embargo, se aplican excepciones a los miembros de la tripulación de transporte y a los trabajadores de transporte:

- En el caso de entrada a Italia de personal viajero que haya permanecido o transitado en los 14 días anteriores en uno de los países presentes en las listas B, C, D y E del Anexo 20 del Decreto del Primer Ministro (adjunto), es necesario elaborar una autodeclaración que acredite las necesidades laborales y comunicar el ingreso al Departamento de Prevención de la empresa sanitaria competente en función del lugar de ingreso;

- La obligación de realizar una prueba de frotis antigénica o molecular para el personal viajero que haya permanecido o transitado en el Reino Unido en los 14 días anteriores ya no se aplica;

- La obligación de presentar un resultado de prueba negativo (antigénico o molecular) inferior a 7 días para conductores profesionales que entren o pasen por Italia y que hayan pasado más de 12 horas en Austria en los 14 días anteriores a la llegada a Italia ya no se aplica;

- Sujeto a una circular ad hoc del Ministerio de Salud, el formulario de declaración en papel será reemplazado por un formulario digital de ubicación de pasajeros en los próximos días (más información se proporcionará tan pronto como el nuevo formulario esté disponible).

Fuente: Confetra