FINLANDIA. ACTUALIZACIÓN MEDIDAS RESTRICTIVAS CORONAVIRUS
El Gobierno ha dictado un decreto sobre exenciones temporales de los tiempos de conducción y descanso. Las exenciones entraron en vigor en la primavera de 2020 y se volverán a utilizar durante 30 días debido al empeoramiento de la situación de COVID-19. El decreto estará en vigor del 17 de enero al 15 de febrero.
Normas aplicables durante las exenciones temporales:
1) el tiempo de conducción diario no puede ser superior a 11 horas;
2) el tiempo de conducción semanal no puede ser superior a 60 horas;
3) el tiempo de conducción acumulado durante dos semanas consecutivas no podrá ser superior a 120 horas;
4) el período de descanso diario debe ser de, al menos, 9 horas cada día;
5) el período de descanso semanal puede reducirse a, por lo menos, 24 horas cada dos semanas sin un período de descanso compensatorio;
6) un máximo de 5,5 horas de conducción debe ir seguido de un descanso de 45 minutos, que puede dividirse en un descanso de 15 minutos, que debe tomarse primero, y un descanso de 30 minutos después;
7) Los períodos regulares de descanso semanal fuera de la base pueden tomarse en un vehículo, según la elección del conductor, siempre que tenga instalaciones para dormir adecuadas para cada conductor y el vehículo esté parado.
Es importante para la seguridad del suministro en la sociedad que el flujo fluido de mercancías y servicios de transporte de pasajeros esté garantizado en todas las situaciones. En relación con las exenciones temporales de los tiempos de conducción y los períodos de descanso, se debe prestar atención a la capacidad de los conductores para hacer frente al trabajo. No se debe poner en peligro la seguridad general del tráfico ni la seguridad laboral de los conductores.
Fuentes: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y Finmobility