CATALUÑA. RESTRICCIONES AP7
El importante incremento de la intensidad de circulación, especialmente en algunos tramos de diversas autopistas, derivado de la desaparición de los peajes, ha motivado una serie de incidencias de circulación que han generado afectaciones considerables, especialmente en las operaciones de retorno de los fines de semana.
Estas afectaciones han hecho y hacen necesaria la instalación, entre otras medidas, de carriles adicionales en sentido contrario, de acuerdo con lo que prevén los artículos 18 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre y 37, 41 y 42 del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
La instalación de estos carriles es incompatible con la posibilidad de que los vehículos pesados puedan circular por otros carriles que no sean el carril derecho de la calzada, por lo que es necesario establecer la obligación de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de adelantamiento y circular a más de 80 km/h, aplicables a los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA o MMC, limitando la duración de estas medidas en el tiempo a determinados días y horarios.
Por otra parte, el plan de movilidad de verano prevé un incremento de la circulación que justifica la adopción de limitaciones especiales a efectos de minimizar las afectaciones a la fluidez del tráfico, facilitar el respeto de las distancias de seguridad y disminuir el riesgo de accidentes que, como es el caso de los alcances, han experimentado un notable incremento desde la liberación de las autopistas.
Por los motivos expuestos se adoptan las siguientes medidas de limitación: Los domingos 7, 14 y 21 de agosto y el lunes 15 de agosto de 2022:
Por lo que respecta a la previsión de instalación de carriles en sentido contrario, se adoptan las medidas de limitación consistentes en la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía, la prohibición de realizar adelantamientos y de circular superando los 80 km/h aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías, que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en ambos sentidos en el horario comprendido entre las 15:00 y las 22:00 horas en el siguiente tramo: En la autopista AP-7 norte, entre el pk 111,1, salida 11 en Sant Celoni y Montseny, en el término municipal de Sant Celoni, y el pk 133,8, salida 13 en Granollers, Montornès del Vallès y Vilanova del Vallés, en el término municipal de Montornés del Vallés.