CATALUÑA. LIMITACIÓN COMPLEMENTARIA AP7 Y B23

ASTIC

El pasado día 12 de mayo de 2023 se hizo pública en la web del Servicio Catalán de Tráfico y se comunicó al sector del transporte una nota genérica de limitaciones. Esta nota de limitaciones genéricas preveía que las limitaciones en ella establecidas podían ser modificadas puntualmente en función de circunstancias especiales derivadas de la existencia de festivos en fechas concretas que permitan prever que las condiciones de circulación serán diferentes de las habituales y que estas modificaciones se publicarían en la web del Servicio Catalán de Tráfico y se comunicarían al sector del transporte mediante notas específicas.

Para el próximo fin de semana la condición de festivo del lunes día 25 de septiembre de 2023 en gran parte del Área Metropolitana de Barcelona, Barcelona incluida, justifica la adopción de medidas complementarias para la operación de retorno. La previsión de instalación de carriles adicionales en sentido contrario en los tramos sur y norte de la AP-7 de acuerdo con lo que prevén los artículos 18 del texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre y 37, 41 y 42 del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre hace necesario el establecimiento de las limitaciones que se especifican en las vías, tramos y horarios siguientes:

En la autopista AP-7 norte, desde el pk 111,1, salida 11 en Sant Celoni y Montseny, en el término municipal de Sant Celoni, y el pk 133, 8, salida 13 a Granollers, Montornès del Vallès y Vilanova del Vallés, en el término municipal de Montornès del Vallès, se adoptan las medidas de limitación consistentes en la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía, la prohibición de realizar adelantamientos y de circular superando los 80 km/h aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en ambos sentidos en el horario comprendido entre las 15:00 y las 22:00 horas.

En la autopista AP-7 sur, entre el pk 213, bifurcación AP-7 AP-2 en el término municipal de Banyeres del Penedès y el pk 8 de la vía B-23, salida 8 a Sant Feliu de Llobregat i Molins de Rei Sud, en el término municipal de Sant Feliu de Llobregat, se establece la obligatoriedad de circular por el carril derecho de la vía y la prohibición de realizar adelantamientos y de superar los 80 km/h aplicadas a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías que superen los 7.500 kg de MMA y que circulen en ambos sentidos en el horario comprendido entre las 15:00 y las 22:00 horas.

Estas limitaciones se establecen como complemento de las previstas en la vigente NOTA GENÉRICA DE LIMITACIONS A LA CIRCULACIÓ aplicables a los vehículos o conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 7.500 kg de MMA o MMC para el período comprendido entre el viernes 12 de mayo y el domingo 15 de octubre de 2023, de la que se le informó en el Flash Informativo número 55.23.

Los vehículos que gocen de exención respecto a las restricciones establecidas en la Resolución INT/183/2023 estarán igualmente obligados a respetar las limitaciones a las que hace referencia esta nota. Las antiguas playas de peaje de la autopista AP-7 en Martorell y en La Roca, ubicadas en el margen derecho de la autopista en el sentido de la marcha, estarán disponibles para el descanso de los transportistas los días y franjas horarias relacionadas en esta nota informativa.